Nuestros Servicios

 

El valor del servicio corresponde a un porcentaje del recupero de la deuda, con un pago de un anticipo, que se descuenta de la posterior comisión de recupero. Si a ti te va bien, a nosotros también.

¿Qué incluye el servicio de cobranza?

Te apoyamos en la cobranza de tus deudas morosas, desde principio a fin. Nos apoyamos en tecnología para realizar los procedimientos de forma más rápida, eficiente y transparente.

  • Formularios en línea para redactar las demandas.

    Formularios en línea para redactar las demandas.

  • Investigación de domicilios y bienes de los deudores

    Investigación de domicilios y bienes de los deudores

  • Acceso a informes empresariales de los deudores

    Acceso a informes empresariales de los deudores

  • Actualización permanente de los estados de los juicios

    Actualización permanente de los estados de los juicios

¿Qué otros gastos debes considerar?

En casi todos los juicios civiles, existen gastos asociados a la tramitación, principalmente gastos por concepto de notificaciones, las que son realizadas por. receptores judiciales. Puedes consultar valores referenciales, en las preguntas frecuentes.

Nuestra misión: obtener el recupero de la deuda

Nos jugamos al 100% para recuperar las deudas de nuestros clientes, ya sea por medio de acuerdos judiciales  con los deudores, o mediante el  posterior embargo y remate de bienes. Si a ti te va bien, a nosotros también!

Descansa en expertos

Somos especialistas en cobranza para Pymes. Nos preocupamos de todos lo detalles para aumentar las probabilidades de éxito, y así recuperarles las deudas a nuestros clientes.

El Juicio Ordinario

Corresponde a una demanda, donde se le pide al juez que declare la existencia de una deuda, en base a una serie de antecedentes de hechos y pruebas. Con la sentencia favorable, se pide la ejecución mediante el embargo y posterior remate de bienes. Este juicio aplica cuando no se cuenta con un “título ejecutivo”.

El Juicio Ejecutivo

Demanda donde en que se solicita al juez que condene al deudor a pagar una deuda, bajo la sanción que si no lo hace, se le embarguen y rematen bienes suficientes.  Es necesario contar con un “título ejecutivo”, que pueden ser facturas (a crédito no rechazadas), cheques y pagarés, con plazo de vigencia menor a 1 año, entre otros.

¿Necesitas que tus deudores te paguen?

Habla con nosotros para comenzar la cobranza judicial. Nuestro equipo te puede ayudar a recuperar esos incobrables.

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